martes, 28 de julio de 2009

Hoy discutirá IFE propuesta de sanción a TV Azteca



México.- El Consejo General del IFE discutirá en la sesión extraordinaria de hoy si sanciona o no con una multa de 62 millones 844 mil 640 pesos a TV Azteca, por no transmitir cinco mil 734 promocionales de autoridades electorales y de partidos políticos en mayo de 2009.
La propuesta del secretario ejecutivo, mencionó que de acuerdo con el monitoreo en ese periodo, la televisora no cumplió con las pautas de transmisión y en tal virtud se desprendieron indicios respecto de la probable transgresión a la normatividad electoral federal.
El documento de más de 100 cuartillas, estableció que de acuerdo con la verificación de la Dirección Ejecutiva respecto de la señal de los canales 13 y 7 de Televisión Azteca, detectó que hubo bloqueos a la transmisión de los mensajes de la autoridad electoral y de los partidos políticos del 3 al 31 de mayo de 2009.
El IFE mencionó que detectó en las señales radiodifundidas, incluidas en los servicios de televisión restringida que éstas no fueron iguales, ya que en SKY y Cablevisión no aparecieron los promocionales de la autoridad electoral y de las organizaciones partidistas.
El instituto afirmó que es la autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a los fines propios del organismo y a los de otras autoridades electorales.
Así también como al ejercicio de las prerrogativas que la Constitución y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) otorgan a los partidos políticos en esta materia, mencionó.
Por eso, añadió, garantizará a los partidos políticos el uso de sus prerrogativas constitucionales en radio y televisión; establecerá las pautas para la asignación de los mensajes y programas que tengan derecho a difundir durante los procesos electorales o fuera de ellos.
El organismo mencionó que atenderá las quejas y denuncias por la violación a las normas aplicables y determinará, en su caso, las sanciones.
Aclaró que el tiempo en radio y televisión que determinen las pautas respectivas no es acumulable; tampoco podrá transferirse tiempo entre estaciones de radio o canales de televisión, ni entre entidades federativas.
Por lo tanto, subrayó, los concesionarios y permisionarios de radio y televisión no podrán alterar las pautas ni exigir requisitos técnicos adicionales a los aprobados por el Comité de Radio y Televisión del IFE.
De acuerdo al análisis de los elementos que obran en autos, se advierte que Televisión Azteca estuvo enterada de las pautas a las que debía sujetarse en la transmisión de los promocionales de la autoridad electoral y de los partidos políticos, indicó.
No obstante que ya tenía pleno conocimiento del pautado correspondiente, se abstuvo de incluirlos en los canales de los servicios de televisión restringida, Sky y Cablevisión, sin causa justificada.
Adicionalmente debe decirse que en atención a la cantidad de promocionales omitidos, no hay causa alguna de justificación en la comisión de las conductas sancionadas, por el contrario, debe estimarse que el incumplimiento reprochado se realizó con plena conciencia.
Es decir, añadió, con pleno conocimiento de que lo ordenado por la autoridad electoral federal no se estaba cumpliendo a cabalidad, dado que la omisión en que incurrió implica la conducta de bloquear los promocionales de los partidos políticos y de la autoridad electoral.
Se estima que la conducta infractora se cometió de manera reiterada, pues de las pruebas que obran en autos hay la certeza del incumplimiento en la transmisión de los promocionales por parte de la autoridad electoral y de los partidos políticos en el periodo comprendido en canal 13 de Cablevisión, aseveró.

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